Glosario

 

Prevención: Dice la Ley 24.557 en el Inc. A del Art. 1: "Reducir los índices de siniestralidad laboral a través de la prevención de los riesgos derivados del trabajo"
Definimos entonces, a la prevención como: La preparación o disposición que se toma para evitar un peligro


Riesgos: Que es un riesgo del trabajo? Es la probabilidad que tiene un trabajador de sufrir un accidente de trabajo. Quede claro que no se refiere a "lo que pasó" (esto se llama accidente) ni "lo que pudo pasar" o "casi pasa" (esto se llama incidente)
Riesgo es, pues, "LO QUE PUEDE PASAR"

 

Peligro: "El riesgo se sale de contexto y está en condiciones de romper el equilibrio" Los términos riesgo y peligro suelen confundirse. Para explicarlo daremos un ejemplo: En un Establecimiento donde nunca se produjo un accidente eléctrico o un incendio, existe riesgo eléctrico y riesgo de incendio, porque hay electricidad circulando por la red eléctrica y hay elementos combustibles.
Para que haya peligro eléctrico debe suceder que algún artefacto o cable se encuentre en mal estado; para que haya peligro de incendio alguna circunstancia debe levantar la temperatura del papel, madera, etc. como para que empiece a arder (un cigarrillo mal apagado, una chispa, etc.)

 

Comportamiento Seguro: Un trabajador demuestra un comportamiento seguro, cuando realiza su tarea respetando las reglas propias de esa actividad.
Esas reglas pueden ser: instrucciones de trabajo, permisos para trabajos especiales, etc. Por lo tanto, nuestra función como Servicio de Higiene y Seguridad es analizar los riesgos que implica la tarea y la aplicación de las reglas de seguridad e higiene.